Vicepresidencias
Actualmente el Colegio de Médicos de Sevilla tiene tres Vicepresidencias las cuales llevan a cabo todas aquellas funciones que le confiera y delegue el Presidente, asumiendo de éste en caso de ausencia, enfermedad, abstención o recusación, sin necesidad de justificación ante terceros.
Vacante la Presidencia por cualquier causa el Vicepresidente lo ostentará la Presidencia hasta la terminación del mandato, salvo que aquella se produjera por moción de censura, en la primera mitad del periodo de dicho mandato, en cuyo caso, no obstante lo establecido en el Art° 31.5 ostentará la Presidencia hasta que termine el proceso electoral que se convoque en el plazo máximo de dos meses desde la vacancia por el Pleno de la Junta Directiva para cubrir todos los cargos de la misma. Lo dispuesto en este artículo es aplicable, en su caso, a las demás Vicepresidencias.



El Colegio 
