El documento ofrece criterios profesionales y deontológicos para favorecer relaciones contractuales más transparentes, equilibradas y respetuosas con la autonomía clínica del médico
La Organización Médica Colegial, a través del Foro Nacional de Médicos en Ejercicio Privado, ha elaborado un documento de orientación dirigido a los facultativos y a los Colegios de Médicos sobre la contratación mercantil con entidades privadas.
La iniciativa responde al creciente uso de esta modalidad contractual en el ejercicio privado de la medicina y pretende ofrecer un marco de referencia que permita compatibilizar la libertad de pacto entre las partes con la protección del paciente, la calidad asistencial y el cumplimiento de los principios deontológicos.
El documento advierte de que determinadas prácticas contractuales pueden generar desequilibrios, inseguridad jurídica o injerencias en la independencia profesional del médico. En particular, señala el riesgo de que las decisiones diagnósticas o terapéuticas queden condicionadas por criterios exclusivamente económicos.
Autonomía clínica y protección del paciente
Las recomendaciones se sustentan en cuatro principios básicos: el respeto a la autonomía clínica del facultativo, la primacía del interés y la seguridad del paciente, el cumplimiento de la ética y la deontología médica y la existencia de un equilibrio contractual razonable entre las partes.
La OMC recuerda que las decisiones clínicas deben corresponder exclusivamente al profesional médico y adoptarse conforme a la lex artis, la evidencia científica y el Código de Deontología Médica, con independencia de la naturaleza civil o mercantil de la relación contractual.
Contenido recomendado de los contratos
El documento aconseja que los contratos identifiquen claramente a las partes, delimiten con precisión los servicios incluidos y reconozcan expresamente la autonomía profesional del médico.
También recomienda establecer de forma transparente la retribución, los plazos de pago y los mecanismos de revisión económica, evitando que estas condiciones puedan ser modificadas unilateralmente por la entidad contratante.
Asimismo, propone regular de manera clara la duración, renovación y resolución del contrato, con plazos de preaviso razonables y mecanismos que permitan al facultativo conocer e impugnar, en su caso, los motivos de extinción de la relación contractual.
Cláusulas especialmente problemáticas
La guía desaconseja la inclusión de incentivos o penalizaciones que puedan condicionar la práctica clínica, así como la imposición de prestaciones accesorias no remuneradas.
También considera problemáticas las cláusulas que permitan modificaciones unilaterales, impongan criterios exclusivamente economicistas, restrinjan la libertad técnica y científica, obliguen a renuncias genéricas de derechos profesionales o establezcan obligaciones de confidencialidad abusivas o desproporcionadas.
Como complemento práctico, el documento incorpora una lista de comprobación para que los médicos puedan revisar los aspectos esenciales antes de firmar y un modelo orientativo de contrato marco entre profesionales autónomos y entidades contratantes.
La OMC recomienda solicitar asesoramiento jurídico o colegial cuando se detecten cláusulas ambiguas, desequilibradas o potencialmente abusivas, y recuerda que la independencia clínica del médico constituye una garantía esencial para la calidad asistencial y la seguridad de los pacientes.



