¿Qué necesito para irme de cooperación?

Antes de iniciar una actividad de Cooperación, puede que sea interesante ojear la legislación actual vigente:
- Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo https://www.boe.es/buscar/pdf/1998/BOE-A-1998-16303-consolidado.pdf
- Estatuto de los Cooperantes, Real Decreto 519/2006, de 28 de abril https://www.cooperacionespanola.es/sites/default/files/estatuto_cooperante.pdf
- LEY 14/2003, de 22 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Andalucía) https://www.juntadeandalucia.es/boja/2003/251/d2.pdf
- Desarrollo del Estatuto de los cooperantes, Orden AEC/163/2007, de 25 de enero https://www.boe.es/boe/dias/2007/02/02/pdfs/A04810-04815.pdf
1.- Visado:
La necesidad de visado para entrar a un país puede cambiar. Los datos que ofrecemos más abajo deben ser comprobados en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores.
Los países en los que es obligatorio solicitar un visado o una autorización previa, ya sea en la embajada, en agencias de viaje o vía online son: Afganistán, Argelia, Australia, Azerbaiyán, Angola, Arabia Saudí, Sri Lanka, Bangladesh, Bután, Benín, Bahrein, Burundi, Camerún, Canadá, Chad, China, Corea del Norte, Costa de Marfil, Cuba, Eritrea, Estados Unidos, Gabón, Ghana, Guinea, India, Irak, Kenia, Liberia, Libia, Malí, Mongolia, Mozambique, Myanmar, Nauru, Níger, Nigeria, Pakistán, República Centroafricana, República del Congo, Ruanda, Rusia, Sierra Leona, Siria, Somalia, Sudán, Turkmenistán, Turquía, Uzbequistán y Yemen.
Por otro lado, hay países en los que se puede solicitar el visado en el propio aeropuerto, es decir, una vez que aterrices en el país. Estos Estados son: Camboya, Cabo Verde, Comoras, Kuwait, Laos, Egipto, Etiopía, Gambia, Irán, Jordania, Líbano, Madagascar, Malawi, Maldivas, Mauritania, Mozambique, Nepal, Omán, Pakistán, Papúa Nueva Guinea, Qatar, Tanzania, Tayikistán, Togo, Uganda, Yibuti, Zambia y Zimbaue.
No es infrecuente que cuando haya que pagar una visa en el aeropuerto de entrada (o a veces al salir del país) algunos países exijan dólares, por lo que es conveniente guardar algo de dinero en esa divisa.
Asimismo, aconsejamos revisar las recomendaciones del Ministerio antes de viajar al extranjero:
http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/SiViajasAlExtranjero/Paginas/Inicio.aspx
2.- Vacunas
Aconsejamos que, en caso de viajar a países en desarrollo, se solicite cita con antelación suficiente (al menos 4 semanas) en el Centro de Vacunación Internacional dependiente del Ministerio del Sanidad. En Sevilla está situado en la calle Chaves Rey 4, 41012, teléfono 955 56 90 08, aunque es recomendable solicitar la cita por Internet: https://www.mscbs.gob.es/sanitarios/consejos/vacExt.do
3.- Reconocimiento oficial del país local
Hay países que, para poder ejercer la medicina, exigen que un cooperante aporte previamente determinados documentos que validen su título en dicho país, así como el pago de unas tasas.
El cooperante debe informarse en la embajada de dicho país, con la ONG que realice la expatriación o bien con la contraparte local, si bien enumeramos algunos de los documentos que pueden solicitar:
• Certificado de Idoneidad expedido por el RICOMS: normalmente en inglés. Se puede solicitar personándose en el RICOMS.
También se puede consultar en el Consejo General de Colegios Médicos el Certificado de Idoneidad Profesional, accediendo a las siguiente direcciones:
– http://www.fcomci.com/certificado_idoneidad
– https://www.cgcom.es/certificadoidoneidad
• Curriculum Vitae en inglés o francés
• Fotocopia del Título de Médico y del Título de Especialista, con una Traducción Jurada
• Fotocopia del pasaporte
• Foto tamaño carnet
• Pago de las tasas requeridas
4.- Seguro Médico
• Personal:
Aconsejamos que el cooperante realice un seguro privado de enfermedad y accidentes que incluya expresamente la repatriación. Además, es aconsejable que esté incluida la pérdida de vuelo por enfermedad, etc. Normalmente incluye el seguro de responsabilidad privada (por ejemplo, si provocamos daño a alguien en la calle de manera involuntaria).
La Fundación para la Cooperación Internacional pone a disposición de los profesionales médicos, un Seguro de vida y viaje, así como de Responsabilidad Civil privada -(ver coberturas)- pero no de Responsabilidad Civil Profesional en el ejercicio de la medicina. (http://www.fcomci.com/seguro_fundacion)
Solicitud: Para solicitar el seguro es requisito indispensable estar registrado en el Registro Nacional de Médicos Cooperantes y Voluntarios Puede registrarse accediendo a esta dirección: http://www.fcomci.com/alta_cooperante.
También para solicitar el seguro, una vez registrado, se debe incluir el Perfil Profesional y académico y dar de alta el viaje como cooperante/voluntario, que en el registro tiene el nombre de: Nueva experiencia profesional en cooperación internacional/salud en emergencias y/o ayuda humanitaria. En esta opción se incluyen todos los datos del viaje que se va a realizar, datos que deben coincidir con los que se faciliten vía correo electrónico cuando se solita el seguro.
La persona interesada en solicitar el seguro deberá hacer una solicitud formal, a través de su Colegio de Médicos o directamente a la Fundación, enviándo un correo electrónico a la dirección fundacion@fcomci.com y adjuntando los siguientes datos:
• Confirmación de su registro (acceder)
• Nombre y apellidos:
• DNI:
• Número de Colegiado y Colegio de Médicos al que pertenece
• Fechas de viaje: desde…/…/… hasta …/…/… (Las fechas del seguro deben ser desde el día de ida del viaje hasta el día de vuelta)
• Lugar del Viaje:
• Correo electrónico:
• Teléfono de contacto:
• Fecha de nacimiento:
El seguro incluye el seguro de asistencia en viaje y el seguro de vida, y cubre el periodo comprendido entre 1 día y tres meses máximo.
El coste del seguro para el solicitante actualmente (2019) oscila sobre 12 euros por cada semana.
Una vez solicitado el seguro formalmente, desde la Fundación se enviará un correo electrónico con la cantidad económica correspondiente (una vez contabilizado los días/importe).
Si la persona está interesada en el seguro una vez conocido el importe, debe realizar el pago y enviar, vía correo electrónico, un resguardo o justificante del mismo. Posteriormente, se procede a enviar dos certificados de adhesión al seguro de la Fundación que se deben firmar y enviar escaneados. La última gestión es el envío de los certificados firmados a las compañías aseguradoras para el alta definitiva en el seguro.
• Seguro de Responsabilidad Profesional:
La Póliza de Responsabilidad Civil del Colegio de Médicos de Sevilla, respecto a las responsabilidades en que pueda incurrir el colegiado asegurado fuera del territorio Nacional, indica lo siguiente en el “Articulo 6: Delimitación geográfica”:
– Las garantías de los Capítulos 1 y 2 del presente contrato se extienden y limitan a las responsabilidades que se deriven de actos realizados por el Asegurado en cualquier país del mundo, excepto Estados Unidos, Canadá y Territorios Asociados.
– La cobertura en países distintos de España se limitará a un periodo de tres meses al año.
5.- Acuerdo / Contrato del Voluntario con la ONG
Normalmente, la ONG realizará un contrato o acuerdo con el cooperante con los derechos y deberes de ambas partes.
6.- Material
En aquellos casos en que se vaya a desplazar material sanitario al país donde se va a cooperar, es necesario informarse bien antes de volar. La siguiente enumeración consta de algunos requerimientos que se pueden exigir en el país receptor de dicha donación.
• Certificado de donación (en inglés) del material de la ONG donante al Hospital/Centro receptor.
• Es aconsejable llevar un listado por cada maleta, que enumere lo incluido en cada una de ellas. En el listado de medicamentos es obligatorio que figure la fecha de caducidad de los mismos.
• Aparataje expatriado: en el caso de que se porte algún tipo de aparataje de valor que vaya a regresar a España al finalizar la expedición, puede ser conveniente solicitar el Cuaderno ATA en la Cámara de Comercio, ya que, en caso contrario, podrían cobrarnos tasas de aduana pensando que estamos importando un aparato a España comprado en otro país.
• Medicación: para algunos países puede ser conveniente obtener un Listado DUA (Documento Único Administrativo) que indique dicha medicación como donación. Este DUA está destinado al Agente de Aduanas español y es un documento que ha de acompañar a las mercancías para cumplir con las formalidades aduaneras en operaciones de importación y exportación fuera de la Unión Europea. Aconsejamos informarse antes en la ONG.
Asimismo, el Ministerio de Sanidad puede solicitar la siguiente documentación cumplimentada por la ONG:
https://www.aemps.gob.es/medicamentosUsoHumano/donaciones/docs/instrucciones-donacion-med.pdf
• A veces, para la medicación se necesita aportar una lista aprobada por las autoridades del país local.
7.- SAS
Aquellos cooperantes que trabajen en el Servicio Andaluz de Salud y vayan a solicitar los días de cooperación para no consumir días de vacaciones o de asuntos propios, deben realizar los siguientes trámites:
https://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/el-sas/cooperacion-para-el-desarrollo
• Solicitud de la ONG al Fondo de Cooperación y Ayuda al Desarrollo de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del SAS. En dicha solicitud constarán los nombres de los cooperantes, las fechas exactas de la expedición y los objetivos de la misma.
https://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/sites/default/files/sincfiles/wsas-media-mediafile_sasdocumento/2019/solicitud_entidad_personal_SAS_1.pdf
• Solicitud de Licencia Retribuida de personal del SAS para Cooperación Internacional (usando el modelo existente) a través de su Centro de trabajo o directamente al Fondo de Cooperación al Desarrollo del SAS. https://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/sites/default/files/sincfiles/wsas-media-mediafile_sasdocumento/2019/solicitud_licencia_retribuida_coop_personal-SAS_1.pdf
• Informe preceptivo y favorable del Fondo de Cooperación sobre el proyecto presentado.
• Informe preceptivo y favorable del Centro sobre la concesión de la licencia.
• Resolución de la Dirección General competente en materia de personal.
• Una vez finalizada la licencia, el trabajador facilitará a la Dirección General competente en materia de personal los datos más relevantes de su experiencia de cooperación.
8.- OTROS
Derechos y Deberes de los Cooperantes:
http://www.fcomci.com/derechosdeberes_cooperantes
Para más información también puede consultar la siguiente página web de la Fundación: http://www.fcomci.com/seguro_cooperante