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Multas de hasta 30.000 euros por no recetar en el modelo oficial

Desde hace meses venimos atendiendo en la Asesoría Jurídica, la presencia de colegiados a quienes la Delegación Territorial de Salud y Familias, incoa un Procedimiento Sancionador para exigir responsabilidades por la prescripción de fármacos en el modelo no oficial previsto en el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, de receta médica y órdenes de dispensación.

El proceso se inicia tras la personación en las oficinas de farmacia de la Inspección Provincial de Servicios Sanitarios, que tras realizar un muestreo de las recetas privadas en soporte papel, levantan acta de infracción de aquellas que no están prescritas en el modelo oficial.

El hecho de no prescribir en el modelo oficial supone la infracción del artículo 4.1 del Real Decreto citado, que exige que “Las recetas médicas en soporte papel para cumplimentación manual o informatizada se confeccionarán con materiales que impidan o dificulten su falsificación, o mediante la introducción de medidas de seguridad en el sistema que garanticen su autenticidad”, y de acuerdo con los criterios establecidos en el anexo de la norma. Lo que comporta la comisión de una infracción administrativa sanitaria sancionada conforme Real Decreto Legislativo I/20I5, de 24 de julio, con multa de hasta treinta mil euros.

Desde el Colegio hemos venido advirtiendo desde el año 2012 de la obligatoriedad de prescribir en el modelo editado por el Consejo General de Colegios de Médicos, que cumple con la normativa expuesta, para el caso de la receta privada en soporte papel, con el fin de evitar inspecciones y sanciones por el incumplimiento de la normativa.

Para el caso de utilizar el sistema de receta electrónica, el modelo REMPe que ofrece el RICOMS se encuentra homologado y cumple con los requisitos previstos en el Real Decreto 1718/2010.

Santiago Pedro Campo

Letrado Jefe de los Servicios Jurídicos del RICOMS

8 de marzo de 2021

Se comunica a toda la colegiación que el Pleno de la Junta Directiva, ha adoptado el Acuerdo de convocar con fecha 16 de marzo el Proceso Electoral para la celebración de elecciones a cargos que integran la JUNTA DIRECTIVA, y que tendrán lugar en el plazo máximo de dos meses desde su convocatoria.

Al día siguiente de convocado el proceso electoral comienza a ejercer de modo efectivo sus funciones la Junta Electoral, que elaborará el Calendario Electoral, fijando los respectivos plazos de cada uno de los trámites del procedimiento, y el día y horario de la votación, comunicándose éstos a través del Tablón de Anuncios de la Sede Colegial y a través de la Página Web.

Toda la información y documentación relativa a este proceso electoral, está a disposición de la colegiación -previa identificación- en el apartado Elecciones RICOMS 2023 de la Zona Personal en el siguiente enlace: ELECCIONES RICOMS 2023.